Con el objetivo de imponer un control más estricto en el mercado de cambios y evitar maniobras con el dólar ilegal, el Gobierno sumó un esfuerzo más a través de la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre las casas de cambio y sus operaciones. La medida surge también ante las deficiencias en los reportes, por lo que la norma llega a reforzar las exigencias a bancos y casas de cambio.
Cabe recordar que el Gobierno viene trabajando fuertemente en con distintas herramientas en la City a través de la UIF y la AFIP. En ese contexto, este viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 174/2023, la cual obliga a las entidades sujetas al régimen de la Ley N.º 18.924, en su carácter de Sujetos Obligados a informar a la UIF sobre sus operaciones a través del sistema de negociación electrónica “SIOPEL” del MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO S.A.
La resolución es un paso importante en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, sostiene el texto oficial. Esto, al exigir a las casas de cambio que informen a la UIF sobre ciertas operaciones, lo que ayudará a las autoridades a identificar y perseguir actividades ilícitas.
La información que las casas de cambio deberán reportar incluye datos personales del cliente, información sobre la operación y el monto de la transacción. Esta información ayudará a la UIF a identificar patrones sospechosos, como operaciones inusuales o repetidas, que pueden ser indicadores de lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
La resolución se basa en la Ley N.º 25.246, que establece la obligación de los sujetos obligados a reportar información sospechosa a la UIF. La resolución también se basa en la Comunicación A 7828 del Banco Central (BCRA), que establece que las operaciones entre casas de cambio deben realizarse a través del SIOPEL.