El Subdirector General de Seguridad de la Policía de Misiones, Sergio Viveros charló con Circus 104.9.
Fue en el programa Quién Dijo? (lun a vie 15h) donde nos habló de como procede el personal policial ante una fiesta clandestina.
De manera clara y sencilla nos contó como actúa la fuerza pública ante este tipo de situaciones, al ser ellos provinciales y las fiestas clandestinas estar enmarcadas dentro de lo federal.
Si bien su actuar es puramente disuasorio, la mayoría de las veces, aunque hay una primera negativa a terminar las fiestas, luego entran en razón y muy pocas veces se tuvo que realizar una detención. Además cuentan con el apoyo de los organismos federales, tanto jueces como Gendarmería o Prefectura.
También nos dejó claro que las causas siguen su curso y que si o si en algún momento el Juzgado Federal se va a expedir y alguien se va a tener que hacer responsable.
¿Qué dice el DNU 792/20? Queda prohibida la realización de eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas.
Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.
Y Misiones es una de las 6 provincias que el mismo se extiende sin excepción a todos sus departamentos
Pasen y lean (o escuchen) una nota que nos deja claras muchas cuestiones, sobre todo si pensás en hacer o formar parte de una fiesta clandestina
“Describimos estos eventos como de irresponsabilidad. Si bien el mismo fue abortado eso sigue su proceso, de éso, alguien se va a hacer responsable, el juzgado en su momento se va a expedir, no es que eso queda así, un responsable va a haber”. Nos dice sobre las medidas que se van a tomar con los (ir)responsables.
Luego continuó contándonos: “Una vez que se constata el hecho, inmediatamente se pone en conocimiento al Juzgado Federal, quien interviene en esta clase de situaciones y se sigue sus instrucciones.
La primer medida es abortar el evento, identificar a uno o más organizadores, dueños del lugar y a su vez notificar a la mayor cantidad de gente posible.”
Con la Justicia Federal como soporte: “Cuando suceden que un grupo de personas, tratándose de una propiedad privada donde la policía no puede irrumpir sin autorización previa se le pone conocimiento al Secretario o Juez Federal sobre las circunstancias, casi en el 100% es que se converse y se le invita al dueño de casa que cese la reunión y que las personas que no habiten el lugar se retiren, previamente siendo notificados del DNU.”
El diálogo ante todo: “Siempre hay una resistencia primera, pero con el transcurso de los minutos ceden. Por lo general nadie termina demorado, salvo excepciones que de una negativa ya se ponen agresivos o insultan ahí, amerita una demora o detención. Pero es un mínimo porcentaje donde la situación se resolvió de esa manera.
Nunca el personal tuvo que retirarse porque la otra parte se encerraron en su domicilio, siempre llevan unos minutos de disuasión, pero la persona termina entendiendo. La herramienta de la Policía de Misiones es el diálogo.”
Así sigue: “En las actuaciones judiciales con intervención de este Juzgado en este momento la situación del mismo es: Identificada una persona que se hizo responsable del evento, que no es el organizador. Ahora estamos en etapa de identificación de quien habría alquilado el lugar para organizar un cumpleaños.”
Escuchá la nota compelta, acá: