Un nuevo fallo de la justicia dejó sin efecto los aumentos que una empresa de medicina prepaga viene aplicando a un jubilado y ordenó que hasta tanto se dicte una sentencia, la cuota mensual solo podrá ser ajustada como máximo en proporción al aumento del haber del jubilado.
Se trata de un criterio novedoso en cuanto al índice de actualización que vienen aplicando los jueces. La mayoría elige el índice de Precios al Consumidor que fija el Indec.
En el caso, el juez comercial Gerardo Santicchia hizo lugar a una medida cautelar a favor de un jubilado al dejar sin efecto los aumentos “indiscriminados” de las cuotas.
El fallo es para el caso concreto en una demanda iniciada por un jubilado con una enfermedad grave -padece cáncer de piel- contra la empresa Swiss Medical.
El afiliado sostuvo que se encuentra con la cuota próxima a vencer, y que “a base de sacrificio podrá pagar un mes más, y que de continuar tolerando los aumentos no podrá afrontar sus deudas”.
Tiene 80 años y percibe un haber jubilatorio que rondó en el mes de febrero en la suma de $517.000.